El Supremo desestima el recurso del general al que su superior instó a no ir a un acto de Ayuso

El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la denuncia del general de división de la Guardia Civil Fernando Javier Mora contra el teniente general del cuerpo Luis del Castillo, al que grabó cuando este le instaba a que no acudiese al acto del 2 de Mayo con la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La Sala de lo Militar ha desestimado el recurso de Fernando Javier Mora contra el auto de este tribunal que inadmitió a trámite la denuncia contra el actual jefe del Mando de Operaciones del instituto armado, por no deducirse de la misma ningún hecho de carácter delictivo.
La denuncia exponía que el 2 de mayo de 2025 se iba a celebrar el acto de la Comunidad de Madrid presidido por Ayuso, al que había sido invitado dado que era el representante institucional de la Guardia Civil en este territorio.
Unos días antes, Javier Mora recibió por medio de WhatsApp un mensaje en el que se leía «Acto de dos de mayo. Representación institucional. El jefe de la Comandancia y comisario provincial jefe superior y tú libráis».
La conversación sigue. «Pero estamos invitados», responde Mora, «pues excúsate», le escribe Del Castillo, quien en otro mensaje dice textualmente «te traslado lo que me han dicho. Tú mismo».
La denuncia explicaba que esta conversación en WhatsApp tuvo lugar entre las 10.54 y las 14.53 horas y que entre medias Fernando Javier Mora hizo una llamada telefónica a Luis del Castillo, que a la vista del cariz que estaban tomando los acontecimientos decidió grabar.
En la conversación, el denunciante preguntó: «Perdona, mi general, esta decisión del Ministerio ¿por qué la está tomando?, por una valoración política, la está haciendo como un gesto de desprecio a la presidenta de la Comunidad de Madrid, me están utilizando, le están pegando una patada a la presidenta de la Comunidad en mi culo».
Y añadió: «Eso es lo que no quiero consentir, no está mi culo para que este Gobierno, este ministro, esta directora, lo utilicen». Seguidamente su superior le dice: «Si quieres ir vete y atente a las consecuencias, pero es peor que digas que no vas porque te han ordenado no ir».
En su recurso, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, el general solicitaba que se admitiera a trámite toda una serie de delitos: de abuso de autoridad, de trato degradante y humillante y de amenazas, coacciones, injurias y calumnias. Sin embargo, el tribunal razona que existen evidencias suficientes para poder determinar que de lo relatado en la denuncia se desprende una relación de confianza.
“No puede obviarse que se trata de una conversación mantenida entre ambos, sin presencia de persona alguna, y que además la conversación se origina como consecuencia de una llamada de teléfono efectuada por el denunciante al denunciado, de una forma que se puede considerar inadecuada, impertinente e irrespetuosa por parte del denunciante”.
Es por ello por lo que el Supremo no considera razonable que hechos de esta naturaleza que, según el denunciante revestían «una especial gravedad», no fueran denunciados en su momento, de manera inmediata, porque ocurrieron el 30 de abril de 2025 y la denuncia se presentó el 22 de junio.
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