El Senado votará la próxima semana la ley de nacionalidad saharaui con los cambios del PP

El Senado votará la próxima semana una ley promovida por Sumar y aprobada por el Congreso para que los nacidos en el Sáhara Occidental antes de 1977 y sus descendientes puedan ser españoles. Sin embargo, la votación incluye cambios introducidos por el PP, entre ellos, algunos como que sólo accedan a la nacionalidad tras dos años de residencia.
Esta es una de las enmiendas incluidas en el dictamen de la ponencia, que ha sido aprobado este miércoles en la Comisión de Justicia y que cambia el sentido de la proposición, ya que esta viabilizaba el acceso a la nacionalidad española por carta de naturaleza y sin tener residencia legal en nuestro país.
Según ha defendido el Partido Popular durante el debate, sus enmiendas aportan mayor seguridad jurídica al texto e integran a los saharauis en una categoría ya existente en el ordenamiento jurídico español al concederles la nacionalidad por residencia y sin necesidad de tener que crear una categoría específica para este colectivo.
El PSOE ha rechazado los argumentos del PP al señalar que «no se inventa» una vinculación para que los saharauis puedan optar a la nacionalidad española por carta de naturaleza puesto que el Sáhara fue «la provincia número 53».
«No estamos regalando nacionalidades», han argumentado los socialistas, subrayando que el patriotismo no consiste «en elegir las páginas de nuestra historia que más nos gustan, sino en asumir todas».
El PP ha planteado nueve enmiendas, entre ellas el propio título de la proposición para que incluya concesión de la nacionalidad «por residencia». También propone, entre otras cosas y como ya hizo en el Congreso, la supresión de los dos artículos de la ley.
Aunque el nuevo texto de la ley saldrá adelante en la Cámara Alta por la mayoría absoluta del PP, las enmiendas caerán previsiblemente cuando la proposición sea devuelta al Congreso y se apruebe la iniciativa que salió adelante en un principio.
La ley aprobada prevé que los nacidos en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977 y sus descendientes, aun cuando no tengan residencia legal en España, puedan acceder a la nacionalidad por carta de naturaleza aportando determinada documentación, como un DNI español (aunque no esté vigente) o un recibo de inscripción en el censo para el Referéndum del Sáhara Occidental expedido por la ONU.
Además, prevé una modificación del Código Civil para incluir a los saharauis entre los colectivos con lazos históricos o culturales con España que tienen derecho a acceder a la nacionalidad tras dos años de residencia legal en nuestro país.
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