El Tribunal Constitucional avala amnistiar el delito de malversación a Turull y abre la puerta al regreso de Puigdemont

El Tribunal Constitucional ha avalado amnistiar el delito de malversación al exconseller Jordi Turull, lo que abre la puerta al regreso del expresident catalán Carles Puigdemont cuando en las próximas semanas se apruebe la sentencia, que el magistrado del Supremo Pablo Llarena prevé aplicar de inmediato.
Fuentes jurídicas han informado a EFE de que la corte de garantías ha tomado esta decisión una vez que el magistrado conservador Jose María Macías, que respaldaba la postura del Supremo de no aplicar la amnistía a los líderes del procés por el delito de malversación, ha retirado su ponencia.
Macías ha aceptado redactar otra para el pleno del 6 de octubre que recoja los argumentos de la mayoría para estimar el recurso de Turull, de repercusión directa para Carles Puigdemont.
Lo que ocurre es que ese día se votarán dos resoluciones, la ponencia de Macías, que debe ser ya estimatoria, y otra del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, que también será estimatoria respecto del recurso de la exconsellera Dolors Bassa.
Serán entonces los criterios técnicos y la argumentación los que determinarán cual es la que fijará doctrina para el resto de los amparos de condenados y procesados por rebeldía.
El pleno del 6 de octubre perdonará la malversación
Así las cosas, el perdón definitivo a la malversación en relación a los líderes del procés tendrá que esperar, por una cuestión de forma, al próximo 6 de octubre, cuando se aprueben las resoluciones estimatorias de Turull y Bassa, que anticipará el desenlace del expresident catalán, que huyó del país en octubre de 2017.
En concreto, por los efectos inmediatos que desplegarán ambas sentencias, en tanto el magistrado Pablo Llarena prevé aplicar la doctrina que fije la corte de garantías a Puigdemont sin esperar a que ésta resuelva el recurso del expresident catalán.
Hace una semana, Llarena rechazó la petición del expresident de aplicar la amnistía al delito de malversación, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que avaló la Ley de Amnistía al concluir que se ajusta al derecho comunitario y no vulnera las normativas europeas sobre terrorismo ni afecta a los intereses financieros de la UE, en contra del criterio del Supremo.
Pero Llarena explicó que aquel fallo no modifica su razonamiento de que la amnistía no puede aplicarse a los delitos de malversación que se hubieran cometido para lograr un beneficio personal de naturaleza patrimonial, por lo que el magistrado apuntaba al Constitucional sabedor de que la corte de garantías sí iba a entrar a resolver la malversación, como este martes ha sucedido.
La ponencia que Macías elevó este martes al pleno señalaba que «la interpretación llevada a cabo por la Sala Segunda del Tribunal Supremo no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, y mucho menos de caprichosa o fruto de una supuesta animadversión hacia el recurrente, sino que se ajusta a la doctrina vigente sobre los elementos del tipo penal de la malversación».
Macías no apreciaba «arbitrariedad, irrazonabilidad manifiesta ni error patente» en las resoluciones impugnadas por Turull, «ni que privasen al recurrente de una respuesta judicial fundada en Derecho», sino que ve «una discrepancia con la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria», ajena al ámbito del recurso.
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