El TSJ de Catalunya aplica el indulto parcial a Laura Borràs y rebaja su pena a dos años de prisión

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha aplicado el indulto a la expresidenta del Parlament de Catalunya, Laura Borràs, que inicialmente fue condenada a dos años y seis meses de prisión por trocear contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) y se la conmuta por otra de dos años, que puede ser suspendida.
En la sentencia, consultada por Europa Press, el Tribunal acuerda conmutar la pena privativa de libertad que le fue impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que la penada indultada no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años.
El Gobierno aprobó el julio el indulto parcial de la pena de prisión, manteniendo la multa e inhabilitación de cuatro años y un día, después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena de Borràs por prevaricación y falsedad documental, que conllevaba las penas de cuatro años y medio de prisión y 13 de inhabilitación y multa de 36.000 euros.
El TSJC rechaza amnistiar a Jové y Salvadó
Por otro lado, el TSJC ha rechazado amnistiar ya a los excargos de ERC en el Govern Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, a la espera de que la Justicia europea resuelva las cuestiones prejudiciales que le planteó, porque la sentencia del TJUE que avaló la ley no «responde» a todas sus reservas.
Jové y Salvadó están acusados de malversación, prevaricación y desobediencia por su papel en la organización del 1-O cuando ejercían como altos cargos en la consellería de Economía en la etapa de Oriol Junqueras (ERC) durante el procés.
Antes de resolver si los amnistiaba, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya decidió dejar en suspenso el proceso que afecta a los dos exaltos cargos y elevar cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante las dudas que le suscitaban varios artículos de la ley relativos a la protección de los caudales públicos y la persecución de la corrupción, según informa EFE.
En un auto, la Sala Civil y Penal del Alto Tribunal desestima la petición que plantearon los exaltos cargos de ERC para que se les aplicara ya la amnistía una vez el TJUE avaló la ley del olvido penal en su sentencia del pasado 16 de julio, al considerar que los argumentos esgrimidos entonces por la justicia europea «no alcanzan a responder» todas sus reservas.
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