La Audiencia Nacional amplía la investigación por el asalto a la Flotilla a los delitos de torturas y lesiones

El magistrado de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha ampliado la investigación contra las autoridades israelíes por el asalto el pasado mes de octubre a la Global Sumud Flotilla, que se dirigía a Gaza con ayuda humanitaria.
A raíz de la querella de IU, PCE y varios particulares presentada a principios del pasado noviembre, y después de que el juez admitiera a trámite en julio dos querellas para investigar a dos mandos militares israelíes por un delito de detención ilegal, el magistrado ha corregido el alcance de las pesquisas, aunque sigue «sin declararse por el momento la competencia de este Tribunal Central de Instrucción».
Según el auto al que ha tenido acceso Público, el juez ha estimado parcialmente los recursos de reforma acumulados, por lo que el objeto del procedimiento no solo se ceñirá a los posibles delitos de detención ilegal cometidos a bordo de las embarcaciones españolas, sino también a «los de torturas, daños, lesiones u otros delitos que pudieran haberse cometido a bordo de las embarcaciones de bandera española».
Asimismo, ha pedido que se practiquen las diligencias «indispensables» para identificar a los autores de los posibles delitos de torturas cometidas a bordo de los buques del Estado de Israel o en los centros de detención en el territorio de ese Estado.
Eso sí, por el momento no procede tener por dirigida la querella contra ninguna persona en concreto por estos hechos. En este sentido, advierte de que «más adelante se acordarán tales diligencias esenciales para identificar a los autores, y si resultaren identificados se librarán los oportunos oficios para determinar si se encuentran en territorio español».
Las precisiones del juez sobre la investigación
El juez precisa que «lo que se excluía del procedimiento no eran posibles torturas cometidas a bordo de los barcos españoles, sino solo las cometidas fuera de esos barcos», en alusión al auto dictado en julio, por el que admitía a trámite dos querellas para investigar al comandante en jefe de las Fuerzas Armadas Israelíes y al comandante de las Fuerzas Navales como presuntos responsables de un delito de detención ilegal durante el abordaje a la Flotilla Global Sumud.
De este modo, con el fin de «evitar dudas» sobre el objeto del procedimiento, el juez aclara que este «se limita a los delitos de detención ilegal y otros que puedan resultar acreditados, que hayan sido cometidos a bordo de las embarcaciones de pabellón español, lo que abarcará los posibles delitos de torturas, lesiones, daños y otros que puedan quedar acreditados».
Por otro lado, a pesar de que sigue sin declarar por el momento la competencia de este tribunal central de instancia para «instruir completamente» el procedimiento por las posibles torturas cometidas a bordo de buques del Estado de Israel, acuerda «exclusivamente la práctica de las diligencias encaminadas a identificar a los autores y librar en su caso, una vez identificados, órdenes de averiguación de paradero para determinar su posible presencia en España».
No admite el delito de piratería
En cambio, el magistrado sigue sin aceptar la pretensión de que se mantenga abierta la posibilidad de calificar los hechos como delito de piratería marítima. «Es patente y de dominio público que tanto quienes se embarcaron en la Flotilla como quien les ordenaron y ejecutaron el abordaje no actuaron siguiendo un propósito personal, que ha de entenderse como ánimo de lucro o una finalidad estrictamente de provecho propio».
A su juicio, quienes se embarcaron lo hicieron buscando hacer llegar ayuda humanitaria, protestar por las matanzas de civiles y los ataques indiscriminados a la población de Gaza o incluso para interponerse entre las tropas de Israel y la población civil, «no buscando un provecho propio». Y tampoco «buscaron un provecho propio» los soldados que ejecutaron órdenes ni los mandos que las dieron.
«Era evidente que seguían instrucciones del poder político para evitar obstáculos que dificultasen las operaciones militares, diseñadas por ese mismo poder político, y que están siendo investigadas por la Corte Penal Internacional como delito del genocidio o crímenes contra la humanidad. Los hechos no pueden ser de ninguna manera calificados como piratería marítima y el recurso en este punto ha de ser desestimado», sostiene el magistrado.
Enlace de la fuente